Entodo caso, hemos declarado además que se aprecia la petición de parte cuando la acusación -como aquí ocurre- solicita del Tribunal una condena genérica en las costas del proceso (SSTS 560/2002, de 27 de marzo o 1351/2002, de 19 de julio), sin que la falta de argumentación suponga otra cosa que la pérdida de la oportunidad de laUncuarto es la cuarta parte de una cantidad y se calcula dividiendo por 4. Seguramente has dicho alguna vez: “Falta un cuarto de hora para que comience la película”, como
Unavez transcurrido el plazo de 15 años sin que el condenado pagara la indemnización, la Audiencia Provincial de Barcelona declaró la prescripción de la responsabilidad civil. Ese auto de la Audiencia Provincial se recurrió ante la Sala Civil y Penal del TSJ de Cataluña que lo revocó al estimar la imprescriptibilidad de la acción civil.
Lasuspensión del cumplimiento de la pena es una facultad del Juez, lo que quiere decir que aunque se den los requisitos para suspender la pena, el Juez puede acordar, previa motivación, que el culpable cumpla la pena impuesta; aunque repetimos, su decisión debe ser motivada y además puede recurrirse ante la Audiencia Provincial.Lacuestión que resuelve el TS en el presente recurso consiste en determinar el “dies a quo” para el cómputo del plazo de los intereses de condena de cantidad líquida a que se refiere el art. 106 de la LJCA, que, en referencia a la ejecución de condenas a la Administración, dispone que a la cantidad líquida se añadirá el interés legal del dinero,
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